Préstamos comerciales Banesco
Te ofrecemos esta solución de prestamos comerciales sin garantía y con garantía de depósito para impulsar el desarrollo de tu empresa.
Ágil proceso de aprobación y desembolso
Plazo hasta 10 años
Puntos verdes Banesco
Soluciones y beneficios para impulsar tu empresa
La mejor manera de convertirte en aliado:
- Financiamiento disponible en pesos y dólares.
- Pagos en cuotas niveladas de capital e interés.
- Asesoría personalizada por nuestros ejecutivos de negocios empresariales
- Permite abonos al capital.
- Disponibilidad para automatizar el pago de la cuota mensual a través de su cuenta de ahorro Banesco.
- Atractivos productos y primas de seguro, a través de Banesco Seguros.
- Apertura de cuenta de ahorros o corrientes en Banesco en caso de que no posea una.
- En el caso de préstamos con garantía: se aceptan múltiples garantías: hipotecarias, maquinarias y equipos, depósitos a plazo, vehículos, cartas de crédito, entre otras garantías admisibles por el banco.
Documentación de la empresa
- Consulta de RNC en página de la DGII del solicitante.
- Acta de Asamblea o de socios donde se designe consejo de gerencia/ administración vigente.
- Acta de Consejo donde se nombre a la persona física que actúe en representación del órgano, en caso que aplique.
- Estatutos Sociales.
- Fotocopia del Registro Mercantil vigente.
- Fotocopia legible de la Cédula de Identidad y Electoral o Pasaporte vigente de los solicitantes.
Evidencia de ingresos
- Fotocopia de los tres (3) últimos estados de cuenta de ahorro/corriente para solicitudes mayores a DOP10,000,000, o cinco (5) últimos estados de cuenta de ahorro/corriente para solicitudes menores o iguales a DOP10,000,000.
- Reporte de Crédito (Buró) actualizado de los solicitantes.
- Estados Financieros de los solicitantes.
- Estados Financieros Interinos de los solicitantes si ha transcurrido más de tres (3) meses después del cierre fiscal, con una antigüedad no mayor a tres (3) meses.
- Estados Financieros y Flujo de Efectivo proyectado para operaciones mayores a 1 año.
- Declaración Jurada de los solicitantes: IR1, realizada a través de la DGII, para deudas consolidadas igual o mayor a DOP20,000M, si es persona física; IR2, realizada a través de la DGII, para deudas consolidadas igual o mayor a DOP20,000M si es persona jurídica.